Autónomo vs Contratado: ¿cuál sale más a cuenta en 2026?
Es la pregunta que se hace mucha gente al plantearse trabajar por cuenta propia. ¿Me compensa montar facturación o es mejor seguir con nómina? La respuesta depende de cuánto facturas, qué gastos puedes deducir y cuánto valoras la seguridad frente a la libertad. Aquí hacemos los números reales.
La diferencia clave: cómo llega el dinero a tu bolsillo
El trabajador por cuenta ajena cobra una nómina con todo ya retenido: IRPF descontado mensualmente, cotización a la Seguridad Social deducida del bruto. No tiene que pensar en impuestos porque la empresa lo gestiona todo antes de que el dinero llegue a su cuenta.
El autónomo, en cambio, cobra el importe bruto de sus facturas (con el IVA aparte) y es él quien tiene que gestionar sus obligaciones: paga la cuota de autónomo a la Seguridad Social cada mes, realiza declaraciones trimestrales de IRPF (modelo 130) e IVA (modelo 303), y ajusta cuentas en la declaración anual de la renta. Lo que parece un ingreso mayor suele tener más coste oculto del que se calcula a primera vista.
Ejemplo real: 2.000 € netos al mes
Queremos llegar a 2.000 € netos mensuales. ¿Qué necesita cada uno?
| Concepto | Autónomo | Contratado |
|---|---|---|
| Ingresos brutos necesarios | ~2.729 €/mes facturados | ~32.000 €/año (~2.667 €/mes bruto) |
| Cuota SS mensual | ~310 € (tramo ingresos 2.500–3.000 €) | ~173 € (6,50% del bruto, descuento en nómina) |
| IRPF retenido/pagado | ~15% sobre rendimiento neto | Variable según tabla (aprox. 14–16%) |
| Coste total para la empresa | No aplica (es autónomo) | ~41.800 €/año (SS empresa: 30,65%) |
| Neto mensual resultante | ~2.000 € | ~2.000 € |
La diferencia visible: el autónomo factura 2.729 € para quedarse con 2.000 €, lo que supone una retención efectiva del 27%. El asalariado necesita que la empresa le pague 2.667 € brutos, pero el coste real para esa empresa supera los 3.480 €/mes por las cotizaciones patronales.
Ejemplo real: 3.000 € netos al mes
Al subir el objetivo neto, las diferencias se ajustan porque los gastos deducibles del autónomo ganan peso.
| Concepto | Autónomo | Contratado |
|---|---|---|
| Ingresos brutos necesarios | ~4.200 €/mes facturados | ~48.000 €/año (~4.000 €/mes bruto) |
| Cuota SS mensual | ~390 € (tramo ingresos 3.750–4.050 €) | ~260 € (descuento en nómina) |
| IRPF sobre rendimiento neto | ~15% (con gastos deducibles, base menor) | ~22–24% (tipo marginal medio) |
| Coste total para la empresa | No aplica | ~62.700 €/año |
| Neto mensual resultante | ~3.000 € | ~3.000 € |
A este nivel de ingresos, si el autónomo tiene gastos deducibles reales (gestoría, material, teléfono, espacio de trabajo), su base imponible baja y la ventaja fiscal empieza a ser tangible. Sin gastos deducibles, la carga es similar o incluso mayor que la del asalariado equivalente.
¿Qué tiene el contratado que no tiene el autónomo?
- Prestación por desempleo (paro): el autónomo puede acogerse a la prestación por cese de actividad, pero los requisitos son más estrictos y el importe suele ser menor.
- Baja por enfermedad: el asalariado cobra desde el 4.º día de baja con complemento de la empresa en muchos convenios. El autónomo cobra el 60–75% de su base reguladora desde el 4.º día, pero tiene que solicitarlo y gestionarlo él.
- Vacaciones pagadas: el autónomo no cobra si no trabaja. Cada semana de vacaciones es una semana sin ingresos y con la cuota de SS igualmente cargada.
- Indemnización por despido: 33 días por año trabajado si hay despido improcedente. El autónomo no tiene esta protección con sus clientes.
- Seguridad jurídica: el contrato laboral establece condiciones claras de salario, jornada y derechos. El autónomo depende de lo que negocie en cada contrato mercantil.
¿Qué tiene el autónomo que no tiene el contratado?
- Gastos deducibles: gestoría, teléfono móvil (hasta 50%), material de trabajo, suscripciones profesionales, viajes de trabajo. Cada euro deducible reduce la base imponible del IRPF.
- Flexibilidad horaria: el autónomo organiza su tiempo. No hay control de horario ni justificación ante un jefe.
- Varios clientes: sus ingresos no dependen de una única empresa. Puede diversificar y reducir el riesgo de quedarse sin ingresos de golpe.
- Sin techo de ingresos: no hay convenio colectivo ni tabla salarial que limite lo que puede ganar. Si factura más, gana más.
- Control sobre su actividad: elige qué proyectos aceptar, con quién trabaja y cómo presta el servicio.
¿En qué casos sale mejor ser autónomo?
Ser autónomo empieza a compensar económicamente cuando se dan varias condiciones a la vez:
- Facturas por encima de 3.500 €/mes: a ese nivel, la diferencia fiscal frente a un salario equivalente se equilibra o invierte.
- Tienes gastos deducibles reales y documentados: reducen significativamente la base imponible.
- Trabajas para varios clientes: distribuye el riesgo y elimina la dependencia de un único pagador.
- Valoras la autonomía y la flexibilidad más que la seguridad de la nómina fija.
Si facturas poco (menos de 2.000 €/mes) y no tienes gastos deducibles relevantes, el autónomo suele pagar un porcentaje mayor que un asalariado en la misma situación económica.
¿Y la pensión?
Es el punto donde los autónomos más pierden a largo plazo. Un autónomo que cotiza por la base mínima durante toda su carrera acumula una pensión notablemente inferior a la de un asalariado con sueldo equivalente, porque la base de cotización del autónomo es elección propia.
El sistema actual (vigente desde 2023 y en implantación progresiva hasta 2031) vincula la cuota mensual a los ingresos reales declarados, lo que debería corregir parte de este desfase. Pero muchos autónomos siguen cotizando por tramos bajos para pagar menos cuota mensual, asumiendo que tendrán una pensión menor.
Los autónomos que quieran equiparar su pensión futura a la de un asalariado equivalente pueden optar por cotizar en tramos superiores a sus ingresos reales, o complementar con ahorro privado (planes de pensiones, PIAS o similar).
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Calcular mi sueldo neto exacto →Fuentes oficiales
Esta página utiliza exclusivamente datos de fuentes oficiales del Gobierno de España:
- Agencia Tributaria — Retenciones IRPF 2026 — Tipos de retención aplicables a trabajadores y profesionales autónomos.
- Seguridad Social — Cotización RETA 2026 — Bases y tipos de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- BOE — Orden de cotización 2026 — Orden ministerial con los tipos y bases de cotización oficiales para 2026.
- AEAT — Mínimo personal y familiar IRPF — Mínimo personal exento de 5.550€ aplicable en el cálculo del IRPF.
Última verificación de datos: marzo 2026.